Avança a sanção da Lei de Meios no Uruguai

El Presidente Tabaré Vázquez firmaría la reglamentación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) entre el 22 y el 29 de mayo, según informó La Diaria tras consultar a fuentes del Poder Ejecutivo.

El borrador de reglamentación fue elaborado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM)– y está en Presidencia desde el 5 de abril. Tras los ajustes finales brindará precisiones sobre 12 artículos de los más de 200 que tiene la normativa, ya que el resto no necesita normativa adicional para aplicarse, de acuerdo con La Diaria.

Uno de los aspectos que sería reglamentado tiene que ver con la estructura de los medios, es decir, cómo se contabiliza la concentración de medios y el procedimiento para la transferencia de licencias en caso de exceder los límites permitidos por la ley. Asimismo, se brindarán especificaciones sobre el modo en que los grupos de medios deben presentar al regulador su información financiera.

Otras cuestiones que serán reglamentadas tienen que ver con la autoridad de aplicación y fiscalización de la ley, y con las cuotas de programación. Respecto de lo primero, se establecerán criterios sobre el pasaje de competencias de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (URSEC) al Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA). En cuanto a las cuotas para la promoción de la producción nacional, se reglamentará especialmente el porcentaje de producción local o propia y los límites a las cedenas de repetidoras de medios comerciales.

También la reglamentación contendrá detalles sobre la definición de eventos de interés nacional (que deben ser emitidos obligatoriamente por TV abierta y gratuita) y sobre los derechos de las personas con discapacidades auditivas o visuales, a través de la inclusión del sistema de subtitulado, lengua de señas o audiodescripción.

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Ministra de Industria de Uruguay: “la reglamentación de la Ley SCA está prácticamente terminada”

La Ministra de Industria, Energía y Minería, Carolina Cosse, aseguró que están trabajando en los detalles finales de la reglamentación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), sancionada en diciembre de 2014, y que enviarán dos proyectos al Parlamento para modificar los artículos 56 (servicios cruzados entre TV y telco) y 143 (distribución de espacios de publicidad gratuitos). Se trata de dos artículos que fueron declarados inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que, no obstante, respaldó la constitucionalidad de la normativa, que cuenta con 202 artículos.

“La reglamentación [de la Ley SCA] está prácticamente terminada”, dijo Cosse a Búsqueda, quien además señaló que “estamos buscando una solución al panorama tal como quedó. Eso significa que vamos a hacer una reglamentación que respete la ley y también respete las declaraciones de inconstitucionalidad”.

En paralelo, legisladores del Frente Amplio en el Congreso buscan crear el Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), organismo responsable de la aplicación y fiscalización de la ley, para que, tras la reglamentación de la normativa pueda comenzar a funcionar.

El Consejo está conformado por cinco miembros, el presidente, designado por el Poder Ejecutivo y, los otros cuatro por la Asamblea General, que deberá formar una comisión encargada de su selección.

El CCA tomará a su cargo funciones que, en la actualidad, ejerce la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) como por ejemplo, la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; el monitoreo de los tiempos de publicidad, los límites a la concentración y la aplicación de cuotas de pantalla de producción nacional, entre otras.

De acuerdo con Búsqueda, en URSEC se preparan para el proceso de “transición” de modo que, cuando está creado el Consejo, pueda usar su infraestructura, para lo cual se prevé conectar un enlace de fibra óptica desde el edificio de URSEC hasta la sede en la que se instale el nuevo regulador.

Cabe recordar que, el presidente Tabaré Vázquez había decidido esperar a que la Corte se expidiera sobre los 29 recursos de inconstitucionalidad presentados contra la LSCA, antes de avanzar en su implementación.

A fin de 2016, el Presidente de la Corte, Ricardo Pérez Manrique, había señalado que la Ley “ha superado el test de constitucionalidad, así como la gran mayoría de la norma”, además había señalado que “de unos 200 artículos (que tiene la ley) hemos declarado inconstitucionales unos pocos artículos, y esos artículos no hacen a lo que es la estructura de la ley. Es decir, la estructura en cuanto a derechos de los usuarios, la estructura en cuanto a la creación de un organismo independiente y con integración multisectorial”.

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Coalición por una Comunicación Democrática propuso a cuatro personas para integrar el Consejo de Comunicación Audiovisual

La ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) establece como innovación institucional la creación de un Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), que será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de la norma, de elaborar los pliegos y bases de los llamados y de asesorar al Poder Ejecutivo para la concesión de frecuencias, entre otras tareas. Para designar el CCA no se requiere reglamentación, ya que la ley dispone que su presidente será designado por el Poder Ejecutivo, mientras que a los restantes cuatro integrantes los nombrará la Asamblea General, para lo que se requiere una mayoría especial de dos tercios de los votos.

La Comisión de Constitución y Legislación de la Asamblea General solicitó a los partidos políticos que designen a los representantes que integrarán la comisión encargada de estudiar las candidaturas al CCA. El Frente Amplio ya tiene una lista de nombres y probablemente hoy terminará de definir sus representantes en la reunión de bancada, dijo a la diaria la senadora del Partido Socialista Mónica Xavier. La oposición todavía no ha comunicado quiénes serán sus representantes. En la sesión de la comisión que tuvo lugar el 8 de mayo, la diputada frenteamplista Macarena Gelman (Ir) informó que hizo una consulta al presidente de la Asamblea General, Raúl Sendic, para saber cuáles eran los avances en el “trabajo” del Poder Ejecutivo respecto de la ley SCA. “Nos expresó que estaba en condiciones de avanzar con el tema. De lo contrario, íbamos a quedar muy desfasados, y la voluntad era implementarlo lo más pronto posible”, señaló Gelman.

En tanto, la Coalición por una Comunicación Democrática (CCD), integrada, entre otras organizaciones, por la Asociación de la Prensa Uruguaya, la Facultad de Información y Comunicación (FIC) de la Universidad de la República, Cotidiano Mujer y Ovejas Negras, resolvió proponer al Parlamento cuatro nombres para integrar el CCA. Se trata de Daniel Lema, periodista de Búsqueday presidente del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo); Lilián Celiberti, de la organización feminista Cotidiano Mujer; Paula Baleato, de la agencia de comunicación para la infancia y la adolescencia Voz y Vos; y Gabriel Kaplún, docente e investigador de la FIC. En estos días, las organizaciones a las que pertenecen estas cuatro personas considerarán la pertinencia de otorgar su aval para las candidaturas.

El artículo 72 de la ley de SCA establece que los integrantes del CCA deberán “acreditar experiencia, calificación e idoneidad adecuadas para la función a desempeñar y en la defensa de los derechos a la libertad de expresión e información”. Al momento de su designación deberán dejar de desempeñar cargos públicos si los ocupan. Por un lapso de tres años desde la fecha de cese no podrán ocupar cargos públicos de particular confianza política o cargos públicos electivos, y por un lapso de un año a partir del cese, no podrán dirigir ni asesorar a empresas o emprendimientos comerciales vinculados a la radio, la televisión, la publicidad, las telecomunicaciones o la comunicación. Tampoco podrán, mientras son miembros del CCA, desempeñar actividades que “pudieran afectar su independencia o imparcialidad”, ni tener vínculos directos o indirectos con empresas o emprendimientos comerciales vinculados a la radio, la televisión, la publicidad, las telecomunicaciones o la comunicación, ni ejercer ninguna actividad pública o privada remunerada, con excepción de la docencia o la investigación académica. Tampoco podrán ejercer funciones de dirección o asesoramiento en partidos políticos, sindicatos, comisiones, asociaciones, sociedades civiles o comerciales, o fundaciones, ni realizar ningún tipo de actividad política o gremial.

Los integrantes del CCA cobrarán un sueldo equivalente a 80% de la remuneración de un subsecretario de Estado, aproximadamente 122.000 pesos, con excepción del presidente del CCA, que cobrará cerca de 140.000 pesos. Los miembros designados por la Asamblea General durarán en el cargo seis años, prorrogables por tres años más, mientras que el presidente, designado por el Ejecutivo, cesará cuando culmine el período de gobierno.

Por otra parte, la CCD elaboró un documento en el que propone pautas para el proceso de selección de los integrantes del CCA. Señala que “con el objetivo de garantizar la mayor legitimidad y transparencia democrática en la elección de los integrantes” del organismo, sugiere que exista “información clara sobre las precandidaturas”, que se habilite un mecanismo para divulgar el perfil de los candidatos, que se convoque a la sociedad civil a presentar candidaturas, que se realicen audiencias públicas en las que puedan participar las organizaciones sociales, y que el CCA sea designado siguiendo criterios de “equidad en términos de género y diversidad”.

La ley de SCA establece que, una vez que se conforme la comisión parlamentaria que propondrá a los candidatos, esta dispondrá de 15 días para proponer nombres. Luego dispondrá de 30 días para “invitar y recibir a ciudadanos particulares u organizaciones sociales para escuchar propuestas o recabar opiniones sobre los precandidatos”, y finalmente, de 30 días más para comunicar su decisión, adoptada por mayoría de dos tercios, a la Asamblea General.

Publicado en La Diaria

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Fonte: Nodal Cultura.

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