El documento, en su artículo 8º inciso b señala textualmente: “Seguidamente se procederá votación nominal correspondiente; si se reúne el número de votos requeridos por la Constitución Nacional para el efecto, el acusado será declarado culpable y separado de pleno derecho de su cargo. En el caso de supuesta comisión de delitos, se pasarán los antecedentes a la justicia ordinaria; caso contrario se procederá al archivo de las actuaciones”.
Este documento y esta parte del texto es considerado por los defensores del presidente Lugo, de la existencia de una sentencia previa.
Fonte: http://www.ultimahora.com/